TERCERA LLAMADA. EMPLAZAMOS
17 de marzo de 2026 Año XXVI No
1554
TERCERA LLAMADA. EMPLAZAMOS
Asambleas
Desde hoy y hasta el jueves 19 se someterá
a consideración de las personas sindicalizadas, en las asambleas, el pliego
petitorio y el emplazamiento a huelga por revisión integral de contrato
colectivo.
El éxito de este proceso depende
no solo de la justeza de nuestras peticiones, sino de la organización que
mostremos. Es muy importante tu participación en todas las actividades. Asiste y
decide.
Entre las cláusulas cuya adición, modificación
o eliminación de párrafos se solicitará en el pliego petitorio están: Cláusula 3 “Materia de trabajo” en la
que demanda que el conjunto de actividades laborales que se realicen en el
Organismo, sean realizadas por trabajadores de planta y/o temporales. De la Cláusula
4 “Trabajos realizados por terceros” se solicita su modificación para establecer que el
Organismo sólo contratará a terceros cuando demuestre que, por la
especialización y características de los trabajos a realizar, éstos no estén
contemplados en la Ley Nuclear, o no sea posible efectuarlos directamente. Se
proponen las acciones a realizar en estos casos incluyendo la reparación
económica de la afectación en su caso.
Se proponen asimismo
cambios en las cláusulas 7 “Vigencia e impresión del contrato”, Cláusula 17
“Desempeño del trabajo”, en la que se demanda que la ejecución del trabajo en
las Zonas de Trabajo se realice exclusivamente por trabajadores de planta
permanentes o temporales.
Se proponen cambios a cláusulas económicas como Cláusula
23 “Ayuda para alimentos”, Cláusula 99 “Ayuda para renta”, Cláusula 100 “Fondo de
ahorro”, Cláusula 101 “Ayuda para despensa”, Cláusula 102 “Becas”, Cláusula 104
“Madres trabajadoras”, Cláusula 105 “Juguetes”, Cláusula 109 “Cooperación
económica Organismo-Sindicato”.
También, modificación a la Cláusula 36 “Proyectos
Técnico Científicos” Cláusula 38 “Evaluación del trabajo”, Cláusula 60 “Control
de ingreso de los trabajadores”, Cláusula 92 “Fondo de pensiones y servicio
médico”, Cláusula 95 “Compensación por años de servicio”. Respecto a la Cláusula
58 “Tabulador de salarios”, para los trabajadores cuyo Salario Cuota Diaria
esté por debajo del Salario Mínimo General se solicita se ajuste su salario
arriba de éste de acuerdo a lo establecido en la Ley, respetando la
diferenciación económica entre cada nivel.
En lo que respecta a las violaciones al contrato
colectivo, se incluye una serie de violaciones cometidas por el ININ, que afectan
directamente nuestros derechos laborales. Estas se agrupan en los rubros de
contrataciones, evaluaciones, productividad, trabajo igual salario igual,
vacaciones y salario mínimo, señalando el incumplimiento de diversas cláusulas
contractuales.
Se señala que los
salarios tabulares establecidos en el CCT son inferiores al salario mínimo
vigente, lo cual viola tanto la ley como el propio contrato colectivo,
impactando negativamente en prestaciones y pensiones de los trabajadores.
Se exige la reparación integral de las violaciones, el pago de
adeudos y daños y perjuicios, así como el pleno respeto a los derechos
laborales establecidos en el Contrato Colectivo de Trabajo.
Una vez que las
asambleas hayan acordado sobre el pliego petitorio y el emplazamiento a huelga,
se hará el depósito ante las autoridades laborales y se solicitará el inmediato
inicio de las pláticas formales de revisión. Al mismo tiempo, se deberá poner
en marcha por todas las personas sindicalizadas el plan de trabajo que incluirá
actividades conciliatorias, difusión y presencia mediática y movilización, todo
acompañado por una amplia política de alianzas.
Como lo hemos
señalado, el resultado de este proceso no depende de la representación
sindical, sino de la acción colectiva de todas las personas afiliadas a nuestro
sindicato.
¿Cuándo
y por qué nos constituimos en asamblea general permanente?
Los estatutos señalan en el
Capítulo IV. Secciones y delegaciones:
Artículo 58. De acuerdo con la situación sindical, las
Secciones y Delegaciones podrán declararse en Asamblea General Permanente
previo acuerdo de una Asamblea General. Esta Asamblea podrá reanudarse en una
fecha posterior, indicando en la convocatoria respectiva que es reanudación de
la Asamblea General Permanente del dd/mm/aa. El orden del día de la
convocatoria incluirá obligatoriamente el punto por el que fue constituida en
Asamblea General Permanente. Se establecerá hasta cuándo o hasta dónde se
deberá mantener la Asamblea General Permanente. En caso de que exista un
problema que involucre a la mayoría de los trabajadores, las Asambleas se
realizarán en cualquier día hábil.
Comité Ejecutivo Nacional
Comisión Nacional de Vigilancia y Fiscalización
Desde las secretarías
Inició la entrega del informe "Rendición de Cuentas del 2°semestre de 2025".
Se envió a los
grupos de WhatsApp la propuesta de PIE 2026, se entregará una impresión al delegado
de cada grupo para su consulta.
RECORDATORIO a
quienes cumplieron quinquenio en 2025 y no han recogido su reconocimiento, pueden
pasar al local sindical a recogerlo. Secretaría
de Finanzas.
En el marco del Día Internacional de la Mujer, se llevó
a cabo el 10 de marzo el Evento ININ- SUTIN en el auditorio institucional, con
la participación de la compañera María Antonieta Zendejas Villanueva, con un
mensaje hacia las mujeres por parte de la Administración, así como el mensaje
de bienvenida a las compañeras por la compañera Mirna Gutiérrez Espinosa, en
representación del Secretario General del SUTIN.
Se impartió la
Conferencia Mujeres en Contexto de Alta Presión: Claridad, Presencia y Liderazgo
Interior por el Dr. Fabián Martínez. Posteriormente se presentó el Dueto
Musical “Dulce Latino” quienes
deleitaron a las y los presentes con sus privilegiadas voces y hermosos temas
de diferentes géneros musicales.
A pesar de que se
hizo la difusión y se informó del permiso por parte de la administración, se
tuvo una asistencia aproximada de 40 personas. Secretaría de Educación y Cultura
sutin.nucleares@gmail.com
https://sutin-nucleares.blogspot.com
¡Por la Unidad Proletaria!
Comité Ejecutivo Nacional

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