UN PASO ADELANTE
5 de junio de 2024 Año XXIII No
1457
UN PASO ADELANTE
Con una intensa discusión que
se prolongó de las 9 y media de la mañana hasta casi las 6 de la tarde del
martes 4 de junio, en las que se analizó con todo detalle cada párrafo del
proyecto de convenio, se llegó a un acuerdo entre el SUTIN y el ININ.
Se eliminó la leyenda que hacía mención al salario cuota
diaria como una simple referencia de cálculo, lo que cerraría la posibilidad de
acciones futuras; se modificó la cláusula Vacaciones aumentando los días de
vacaciones, según lo señala la Ley Federal del Trabajo, dejando a salvo el
derecho de los trabajadores a futuros reclamos.
Se integraron al convenio las
modificaciones a las cláusulas en las que hubo acuerdo, así como una nueva
cláusula y se acordó la cantidad por concepto de gastos de revisión.
Las cláusulas son las
siguientes:
●
7 Vigencia
e impresión del contrato
●
17 bis
Teletrabajo (cláusula nueva)
●
72
Vacaciones
●
74
Permisos, numeral I, inciso1, fracción g)
●
74
Permisos, numeral I, inciso 1, se agrega fracción p)
●
109
Cooperación económica organismo-sindicato
●
112
Auditorios y locales
A las 17:50 horas quedó
firmado este convenio.
Lo que sigue es la firma de
todos el clausulado del contrato colectivo de trabajo, a fin de contar con el
material que, en caso de ser aprobado por la base, se imprimirá a fin de que
cada persona trabajadora cuente con un ejemplar.
En el caso del convenio, se
entregará a cada trabajador un ejemplar impreso o electrónico, dejando
constancia de ello y se notificará a las autoridades laborales para realizar la
consulta que establece el artículo 390 Ter de la Ley Federal del Trabajo. Esta
consulta, deberá convocarse con un mínimo de diez días de anticipación y la
convocatoria señalará día, hora y lugar en donde se llevará a cabo la consulta
a los trabajadores mediante voto personal, libre y secreto, y deberá anexar un
ejemplar del contrato o convenio negociado firmado por las partes.
En caso de que en la consulta el convenio no contara con el
apoyo mayoritario de los trabajadores cubiertos por el mismo, se podrá ejercer
el derecho a huelga o ampliar el periodo de prehuelga para continuar con la
negociación y someter el acuerdo a nueva consulta. Si el Convenio es aprobado,
se procede a integrar en el expediente y con ello, termina el proceso de
revisión contractual 2024, quedando a salvo los
derechos del SUTIN a emprender las acciones que considere en los temas en los
que no hubo acuerdo en la revisión contractual, particularmente los de personal
con salario cuota diaria inferior al salario mínimo general y el pago de la
prima vacacional.
Otra actividad pendiente es
la visita del juez al Centro Nuclear para que sean recolocadas las lonas que
fueron retiradas, en un acto que reconoce la libertad sindical y el derecho a
la libre expresión de las y los trabajadores nucleares.
sutin.nucleares@gmail.com
https://sutin-nucleares.blogspot.com
¡Por la Unidad Proletaria!
Comité Ejecutivo Nacional

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