UN PASO ADELANTE

5 de junio de 2024                                                    Año XXIII                                                                  No 1457

UN PASO ADELANTE

Con una intensa discusión que se prolongó de las 9 y media de la mañana hasta casi las 6 de la tarde del martes 4 de junio, en las que se analizó con todo detalle cada párrafo del proyecto de convenio, se llegó a un acuerdo entre el SUTIN y el ININ.

Se eliminó la leyenda que hacía mención al salario cuota diaria como una simple referencia de cálculo, lo que cerraría la posibilidad de acciones futuras; se modificó la cláusula Vacaciones aumentando los días de vacaciones, según lo señala la Ley Federal del Trabajo, dejando a salvo el derecho de los trabajadores a futuros reclamos.

Se integraron al convenio las modificaciones a las cláusulas en las que hubo acuerdo, así como una nueva cláusula y se acordó la cantidad por concepto de gastos de revisión.

Las cláusulas son las siguientes:

        7 Vigencia e impresión del contrato

        17 bis Teletrabajo (cláusula nueva)

        72 Vacaciones

        74 Permisos, numeral I, inciso1, fracción g)

        74 Permisos, numeral I, inciso 1, se agrega fracción p)

        109 Cooperación económica organismo-sindicato

        112 Auditorios y locales

A las 17:50 horas quedó firmado este convenio.

Lo que sigue es la firma de todos el clausulado del contrato colectivo de trabajo, a fin de contar con el material que, en caso de ser aprobado por la base, se imprimirá a fin de que cada persona trabajadora cuente con un ejemplar.

En el caso del convenio, se entregará a cada trabajador un ejemplar impreso o electrónico, dejando constancia de ello y se notificará a las autoridades laborales para realizar la consulta que establece el artículo 390 Ter de la Ley Federal del Trabajo. Esta consulta, deberá convocarse con un mínimo de diez días de anticipación y la convocatoria señalará día, hora y lugar en donde se llevará a cabo la consulta a los trabajadores mediante voto personal, libre y secreto, y deberá anexar un ejemplar del contrato o convenio negociado firmado por las partes.

En caso de que en la consulta el convenio no contara con el apoyo mayoritario de los trabajadores cubiertos por el mismo, se podrá ejercer el derecho a huelga o ampliar el periodo de prehuelga para continuar con la negociación y someter el acuerdo a nueva consulta. Si el Convenio es aprobado, se procede a integrar en el expediente y con ello, termina el proceso de revisión contractual 2024, quedando a salvo los derechos del SUTIN a emprender las acciones que considere en los temas en los que no hubo acuerdo en la revisión contractual, particularmente los de personal con salario cuota diaria inferior al salario mínimo general y el pago de la prima vacacional.

Otra actividad pendiente es la visita del juez al Centro Nuclear para que sean recolocadas las lonas que fueron retiradas, en un acto que reconoce la libertad sindical y el derecho a la libre expresión de las y los trabajadores nucleares.

sutin.nucleares@gmail.com
https://sutin-nucleares.blogspot.com

¡Por la Unidad Proletaria!
Comité Ejecutivo Nacional

 

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